Materialidad, el requisito que se debe considerar en las operaciones de subcontratación de servicios u obras especializadas o compartidas
A raíz de la reforma laboral-fiscal y después de varios meses –inclusive años– de incertidumbre y diálogo entre patrones, gobierno y trabajadores en relación a la figura de subcontratación laboral, en abril de 2021 se incorporó la subcontratación de servicios u obras especializadas y de servicios u obras complementarias o compartidas entre empresas de un mismo grupo empresarial, como un esquema de prestación de servicios permitido.