Cumplimiento de los requisitos éticos relevantes en una firma de Contadores públicos

Cumplimiento de los requisitos éticos relevantes en una firma de Contadores públicos

El cumplimiento de los requisitos éticos relevantes (segundo elemento de un sistema de control de calidad) en una firma de contadores públicos es fundamental para que el líder de la misma se cerciore que los servicios profesionales que presta la firma se cumplen con los más altos estándares de ética y control de calidad que establece la profesión contable y se logra la confianza que el público deposita en dichos servicios.

Para tener el conocimiento de su cumplimiento, la firma debe de establecer políticas y procedimientos diseñados que proporcionen una seguridad razonable de que la misma y el personal de la misma, cumplen con los requisitos éticos relevantes mismos que están basados prácticamente en los principios éticos que regulan nuestra profesión.

Cabe mencionar que el presente artículo, se fundamentó en parte, en las disposiciones establecidas en el Código de Ética emitido por la International Federation of Accountants (IFAC por sus siglas en inglés) organismo que fue establecido para fortalecer la profesión contable en todo el mundo a través de el desarrollo de normas internacionales de alta calidad en la auditoría y aseguramiento, la contabilidad del sector público, la ética y la educación para los contadores profesionales.

Principios fundamentales

El Código IFAC establece que los principios fundamentales de la ética profesional, incluyen:

Integridad

Ser franco y honesto en todas las relaciones profesionales y empresariales.

Objetividad

 No permitir que prejuicios, conflictos de interés o influencia indebida de terceros influyan sobre los juicios profesionales o empresariales.

Competencia y diligencia profesionales

Mantener los conocimientos y la aptitud profesional en el nivel necesario para asegurar que el cliente reciba un servicio profesional y competente, además se debe actuar con diligencia conforme a las normas técnicas y profesionales.

Confidencialidad

Respetar la confidencialidad de la información obtenida con motivo de la relación profesional y empresarial y no revelarla a terceros sin autorización adecuada y específica, excepto cuando exista un derecho o deber legal o profesional de revelarla, ni hacer uso de la información en provecho propio o de terceros.

Conducta profesional

Evitar cualquier actuación que pueda desacreditar a la profesión.

Responsabilidad del Socio en un trabajo de auditoría

Durante un trabajo de auditoría, el Socio a cargo del trabajo debe permanecer alerta del cumplimiento de los requisitos éticos relevantes por parte del equipo de trabajo. En caso de que detecte que algún miembro de dicho equipo no los ha cumplido, deberá consultarlo con la firma, para determinar la acción apropiada a seguir.

Vigilancia en el cumplimiento de los requisitos éticos relevantes

A continuación se describen algunos de los requisitos éticos relevantes que deben seguir las firmas de contadores públicos:

Independencia

La firma debe establecer políticas y procedimientos que proporcionen una seguridad razonable que le permitan comunicar dichos requisitos de independencia a su personal, identificar y evaluar cualquier circunstancia que origine amenazas a la independencia en su trabajo, y de seguridad razonable en los casos de incumplimiento.

Cuando menos una vez al año, la firma y todo el personal de la misma debe confirmar por escrito el cumplimiento de las políticas y procedimientos sobre independencia.

Ejemplo:

Cumplimiento de los requisitos éticos relevantes en una firma de Contadores públicos - Manifestación sobre la Independencia Profesional
Cumplimiento de los requisitos éticos relevantes en una firma de Contadores públicos – Manifestación sobre la Independencia Profesional

Lo ideal es que la manifestación de independencia se obtenga anualmente por cada trabajo de auditoría, tanto al inicio como al término del mismo, ya que se puede presentar el caso que en el transcurso del trabajo existan situaciones que afecten la independencia tanto al equipo de trabajo como a la firma.

Asimismo, se debe de establecer políticas respecto al conflicto de intereses y rotación de personal que reduzcan o eviten las amenazas a la independencia. El socio a cargo del trabajo debe informar de manera oportuna e inmediata a la firma cualquier incapacidad para resolver los asuntos que amenacen el requisito de independencia en el trabajo.

Conflicto de intereses

Es importante que en las firmas de contadores se evalúe la importancia de cualquier amenaza de conflicto de intereses que pueda existir y, cuando sea necesario, aplicar la salvaguarda para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable.

Antes de aceptar o de continuar la relación con un cliente o un determinado encargo, la firma debe evaluar la importancia de cualquier amenaza originada por intereses o relaciones empresariales con el cliente o con un tercero.

Dependiendo de las circunstancias que originan el conflicto de intereses, es necesario por lo general la aplicación de alguna de las siguientes salvaguardas:

  • Notificar al cliente, del interés o de las actividades empresariales de la firma que pueden suponer un conflicto de intereses y obtener su consentimiento para actuar en dichas circunstancias, o
  • Notificar a todas las partes relevantes conocidas de que la firma está actuando para dos o más partes con respecto a una cuestión en la que sus intereses respectivos están en conflicto y obtener su consentimiento para actuar de ese modo, o
  • Notificar al cliente de que la firma no actúa con exclusividad para ningún cliente al prestar los servicios propuestos (por ejemplo, en un sector de mercado determinado o con respecto a un servicio específico) y obtener su consentimiento para actuar de ese modo.

Es importante que la firma determine también si debe aplicar una o más de las siguientes salvaguardas adicionales:

  1. Utilización de equipos diferentes para cada encargo,
  2. Procedimientos para impedir el acceso a información (por ejemplo, separación física estricta de los equipos, archivo de datos confidencial y protegido)
  3. Directrices claras a los miembros del equipo del encargo sobre cuestiones de seguridad y de confidencialidad.
  4. Utilización de acuerdos de confidencialidad firmados por los empleados y socios de la firma, y
  5. Revisión con regularidad de las salvaguardas por una persona sénior que no participa en los correspondientes encargos.

Cuando un conflicto de intereses origina una amenaza en relación con uno o más de los principios fundamentales, incluidas la objetividad, la confidencialidad o el comportamiento profesional, y que no se pueda eliminar o reducir a un nivel aceptable mediante la aplicación de salvaguardas, la firma no aceptará un determinado encargo o se retirará de uno o más encargos en conflicto.

Cuando una firma solicite el consentimiento de un cliente para prestar servicios profesionales a otra parte (que puede o no ser un cliente actual) con respecto a un asunto en que sus respectivos intereses están en conflicto y el consentimiento ha sido denegado por el cliente, la firma no continuará actuando para una de las partes en la cuestión que origina el conflicto de intereses.

Competencia y diligencia profesional

Un servicio profesional competente requiere que se haga uso de un juicio sólido al aplicar el conocimiento y la aptitud profesionales en la prestación de dicho servicio. La competencia profesional exige una atención continua y el conocimiento de los avances técnicos, profesionales y empresariales relevantes.

La firma debe tomar medidas razonables para asegurar que los que trabajan como profesionales bajo su mando tienen la formación práctica y la supervisión adecuadas.

Confidencialidad

El principio de confidencialidad obliga a las firmas de contadores públicos y a su personal de trabajo, a abstenerse de divulgar información confidencial obtenida como resultado de relaciones profesionales y empresariales, salvo que medie autorización adecuada y específica o que exista un derecho o deber legal o profesional para su revelación.

Las firmas deben tomar medidas razonables para asegurar que el personal bajo su control y las personas de las que obtiene asesoramiento y apoyo respeten el deber de confidencialidad. La necesidad de cumplir el principio de confidencialidad continúa incluso después de finalizar las relaciones entre la firma y el cliente para el que ha trabajado.


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