Uno de los elementos clave que debemos de cuidar dentro de nuestras finanzas es la manera en que efectuamos gastos, ya que, como lo hemos escuchado, existen ciertos requisitos que se deben cumplir para que éstos sí cuenten como deducibles.
En este sentido, las compras que realizamos pero que son pagadas a nombre de terceros, no son la excepción, por ejemplo:
- Necesitas comprar algo con tarjeta de crédito, pero no cuentas con una y alguien más te la va a prestar.
- No tienes el dinero suficiente al momento de la compra y otra persona te hará el favor de pagarlo.
- Tienes la necesidad de hacer un gasto para tu empresa, pero tendrás que utilizar tu tarjeta personal.
¿Suena familiar?, seguro que sí. Esto es por lo que, a continuación, te platicaremos sobre los requisitos que se deben de cumplir para que un gasto pagado por una tercera persona sí sea deducible para quien recibe la factura.
En primer lugar, el pago a nombre de terceros es la acción de pagar un gasto y pedir la factura a nombre de alguien más, un tercero, no importando sea persona o empresa. Está dinámica cada vez es más común, sobre todo en las personas morales (empresas), ya que el uso de tarjetas de crédito y pagos en línea son más constantes y no siempre se cuenta con ellas a nombre del contribuyente, es decir, de la persona o empresa que hará deducible el gasto.
Entonces, ¿qué debes considerar para que este tipo de prácticas jueguen a tu favor?
Éstos son los lineamientos por seguir:
- Que la factura venga dirigida al RFC del contribuyente que va a hacer deducible el gasto, no de quien lo pagó (o prestó la tarjeta de crédito).
- Que, en caso de ser efectuada la compra o el gasto en efectivo, no supere los 2 mil pesos si es persona física con actividad empresarial o persona moral. Recuerden que la gasolina es el único gasto que no podrá ser efectuado en efectivo.
- Que cuando se superen los límites para efectuar pagos en efectivo, éstos sean pagados por un medio electrónico, es decir tarjetas de crédito o débito, transferencias, monederos electrónicos y/o cheques.
- Que al momento de reembolsar el gasto al tercero que pagó la factura (en otras palabras, cuando le paguemos a quien nos prestó el dinero o la tarjeta para la compra o el gasto) se le reembolse la cantidad exacta por medio de transferencia electronica directo a la cuenta o tarjeta de la cual se hizo el pago. Importante: debe ser la misma cuenta y/o tarjeta de dónde salió el pago, o en su defecto, si fuera otra cuenta o tarjeta, que también esté a nombre de quien lo efectuó.
Como dato adicional, esta práctica no sólo disminuirá utilidades sino también, en caso de que lleven IVA, podrá ser considerado acreditable.
Si se fijan, realmente el procedimiento y los requisitos para poder lograr la deducibilidad en estos casos son muy sencillos, por lo que los invitamos a que, a partir de ahora, si necesitan hacer uso de esta práctica por la razón que sea, sí pidan la factura y aprovechen el gasto.
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