Dentro de este artículo:
Introducción
La Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el DOF el 18 de julio de 2016, es aplicable a los servidores públicos, a quienes se hayan desempeñado como servidores públicos, se ubiquen en los supuestos de la ley y los particulares vinculados con faltas administrativas graves.
Dentro de su ámbito de cumplimiento menciona tres instrumentos de rendición de cuentas:
- Sistema de Evolución Patrimonial
- Declaración patrimonial y de intereses
- Presentación de declaración fiscal
Presentación de la declaración patrimonial y de intereses
La obligatoriedad de la presentación de la declaración patrimonial y de intereses está establecida en los artículos 32 y 33 de la mencionada ley y aplica para todos los servidores públicos del ámbito federal y empresas productivas del estado. Deberá presentarse en los siguientes plazos:
- Declaración Inicial, dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
- Ingreso al servicio público por primera vez
- Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su ultimo encargo
- Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año y
- Declaración de conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.
Las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica, tal como la CURP.
Declaración inicial y de conclusión del encargo
En la declaración inicial y de conclusión del encargo, se manifestarán los bienes inmuebles, con la fecha y valor de adquisición.
Declaración de modificación patrimonial
En las declaraciones de modificación patrimonial se manifestarán solo las modificaciones al patrimonio, con fecha y valor de adquisición. En todo caso, se indicará el medio por el que se hizo la adquisición.
En el ámbito municipal se prevé que no cuenten con las tecnologías de la información para el debido cumplimiento, por lo que pueden emplearse formatos impresos.
Formatos de presentación
De acuerdo con el nivel del encargo, el sistema habilita formatos de presentación correspondientes para niveles:
Formato a):
- Operativo (a) y homólogo (a)
- Enlace y homólogo (a)
Formato b):
- Jefe (a) de departamento y homólogo
- Subdirector (a) de área y homólogo (a)
- Director (a) de área y homólogo (a)
- Director (a) general adjunto (a) y homólogo (a)
- Director (a) general y homólogo (a)
- Titular de unidad u homólogo (a)
- Subsecretario (a) de estado u homólogo (a)
- Secretario (a) de estado y homólogo (a)
- Presidente de la república
Los declarantes estarán obligados a proporcionar a las Secretarías y los órganos internos de control, la información que se requiera para verificar la evolución de su situación patrimonial, incluyendo la de sus cónyuges, concubinas o concubinarios y dependientes económicos.
Declaración de intereses
Se encuentran obligados a presentar declaración de intereses, todos los servidores públicos que deban presentar la declaración patrimonial en términos de la ley de la materia.
Las secretarías y los órganos de control se encargarán de que las declaraciones sean integradas al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal.
La declaración de intereses tendrá por objeto informar y determinar el conjunto de intereses de un servidor público a fin de delimitar cuando éstos entran en conflicto con su función.
La declaración de intereses se debe presentar en los mismos plazos de la declaración patrimonial.
Asimismo, el funcionario deberá presentar la declaración en cualquier momento en que considere que se puede actualizar un posible conflicto de interés.
El gobierno federal tiene habilitada la plataforma DeclaraNet, para la presentación de la declaración patrimonial y de intereses en su sitio: https://declaranet.gob.mx/.

El 21 de abril de 2020, se publicó el COMUNICADO 038/2020 que recuerda a los altos funcionarios del gabinete que deben presentar su declaración con total transparencia.
Como medida de prevención ante el Covid-19, la Función Pública emitiría un Acuerdo en el DOF para que la declaración patrimonial y de intereses en la modalidad de modificación pueda presentarse desde el 1º de mayo y hasta el 31 de julio de 2020.
Este año el número de servidores públicos federales que debe declarar aumenta de cerca de 350 mil a más de un millón 600 mil.
Ámbito estatal
En el estado de Jalisco, la ley afín para los servidores públicos estatales es la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco, publicada el 26 de septiembre de 2017.
En su artículo 46, la ley menciona que la Ley General de Responsabilidades Administrativas es de observancia obligatoria en el estado de Jalisco y de carácter principal frente a las disposiciones locales.
Los servidores públicos estatales y los particulares, están sujetos a lo dispuesto por la Ley federal en todas las materias que regula, entre otras las declaraciones de situación patrimonial y su evolución, las declaraciones de intereses y manifestación de posibles conflictos de interés, la obligación de presentar la constancia de presentación de declaración fiscal y sus disposiciones afines y complementarias.
El artículo 61 de la ley establece que las entidades públicas que fungen como patrones de los servidores públicos, deberán prestar las facilidades necesarias para que éstos presenten puntualmente sus declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses.
El estado de Jalisco tiene habilitado el sitio: https://ce.jalisco.gob.mx/servidores-publicos/declaraciones, para la presentación de las declaraciones patrimoniales en 2020.

A la fecha de la elaboración de este artículo, la autoridad no ha publicado prórroga alguna para la presentación de la declaración por modificaciones, en el ámbito estatal.
Conclusión
Las declaraciones patrimoniales y de intereses son un instrumento con el cual la Secretaría de la Función Pública y las autoridades competentes para aplicar las leyes mencionadas, buscan hacer cumplir a todos los servidores públicos la obligación legal y ética de informar su situación patrimonial y de conflicto de intereses para fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas en los ámbitos federal, estatal y municipal, en favor de la transparencia y combate a la corrupción.
Fuentes: Ley General de Responsabilidades Administrativas Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco Sitio Declaranet 2020 https://declaranet.gob.mx/ Sitio Sepifape 2020 https://ce.jalisco.gob.mx/servidores-publicos/declaraciones
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