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Como es de su conocimiento, en septiembre de 2017 el Ejecutivo Federal presentó en tiempo y forma a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el paquete económico para 2018, manteniendo la misma política fiscal de tres años atrás. Es decir en materia fiscal no se establecen nuevos impuestos ni incrementos a los mismos. Esto atendiendo entre otras cosas al Acuerdo de Certidumbre Tributaria firmado en 2014.
Así las cosas, a través de la Ley de Ingresos de la Federación para 2018, se dan a conocer los ingresos que entre otros, por concepto, de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA), percibirá la Federación para cumplir con el gasto público.
De lo anterior, es importante mencionar que de los más de 5 billones de pesos presupuestados, el gobierno federal estima un incremento para 2018 en la recaudación, respecto de lo aprobado para 2017. Esto resulta así, como consecuencia de las cifras recaudadas hasta antes de la presentación del paquete económico y la proyección de ingresos que por impuestos se obtendrían al cierre de dicho año.
Programas de fiscalización
Uno de los aspectos que considero, le ha permitido a las autoridades fiscales, cumplir no solo con las metas, sino superarlas tiene que ver con los programas de fiscalización que se han implementado en los últimos años; partiendo de las reformas fiscales de 2014, mismas que dejaron sentir por donde se iría la autoridad, eliminando ciertos beneficios para algunos contribuyentes, recaudando el ISR diferido por temas de consolidación fiscal, manteniendo la tasa de ISR al 30%, que dicho sea de paso sería del 28%, de acuerdo con lo previsto en la LISR vigente para 2013, así como por la incorporación en la legislación fiscal mexicana de las medidas, discutidas y aprobadas en el seno de OCDE, que tienen que ver con la erosión de la base gravable y la transferencia de utilidades a otras jurisdicciones con tasas impositivas nulas o inferiores a la del país, en el que realmente se generan las utilidades, por sus siglas en inglés BEPS (Base Erosion and Profit Shifting).
Es de señalar, que al cierre de 2017 y para 2018, se percibe incertidumbre de cuáles pueden ser los efectos para nuestro país, en temas como el económico, político y fiscal, situación que resulta por los compromisos y acuerdos celebrados años atrás y que actualmente se están discutiendo por representantes de México, como es la negociación del TLCAN y la posible salida de las negociaciones del tratado por parte de USA, la reforma fiscal para 2018 de USA, así como por las elecciones para presidente que se llevarán a cabo en México este año.
Acciones para obtener recaudación
No obstante lo anterior, no me queda duda que para las autoridades fiscales ya están definidas las acciones que ejercerán para obtener la recaudación esperada en este 2018, misma que considero estará apoyada en toda la información con la que cuentan como la siguiente:
- Declaraciones mensuales y anuales
- Declaraciones informativas (DIM-DIOT)
- Contabilidad electrónica
- CFDI´S (Gastos, compras, inversiones, nóminas, IMSS, INFONAVIT, pagos al extranjero, constancias)
- Complementos-versión 3.3
- Nuevas declaraciones de precios de transferencia-BEPS
- Dictámenes Fiscales
- DISIF
- DIEMSE
- Operaciones Relevantes
- Operaciones Vulnerables
- Controles de inventarios (importación- exportación)
- Pedimentos de importación y exportación
- Información FATCA
- Convenios internacionales de intercambio de información
- Repatriación de Capitales
- Declaraciones de Notarios
- Información del Sistema Financiero
- Intereses
- Dividendos
- Operaciones financieras
- Enajenación de acciones
- Inversión en FIBRAS
- Información de terceros
- Secretaria de economía-LGSM-Registro Público de Comercio
Como se puede observar, por varios años se han llevado a cabo tareas importantes por parte de las autoridades fiscales que tienen que ver con la tecnología y la coordinación con otras instituciones nacionales y extranjeras, para poder contar con información en tiempo real de ingresos, deducciones, gastos, compras, adquisiciones de activo fijo, salarios, importaciones exportaciones, operaciones con residentes en el extranjero, operaciones con partes relacionadas, retenciones de ISR e IVA etc. Incluyendo información de inversiones que se tienen en instituciones que forman parte del sistema financiero.
Todo la información señalada anteriormente, ha permitido a las autoridades fiscales conocer si los contribuyentes, han generando pérdidas fiscales, o ingresos acumulables inusuales, atendiendo precisamente a la misma información respecto de años anteriores del mismo contribuyente, también obtiene datos de incrementos o decrementos de ingresos o utilidades fiscales, movimientos en el capital contable, el valor de los activos, inventarios y la relación que guardan con los ingresos que obtienen los contribuyentes.
Información relativa a operaciones de comercio exterior
Adicionalmente, podemos comentar que las autoridades fiscales cuentan con información relativa a operaciones de comercio exterior (importaciones y exportaciones) fusiones, escisiones, reestructuras, operaciones con partes relacionadas nacionales o del extranjero, cuentas por cobrar o por pagar que generan intereses, y que les permitiría en este caso particular verificar si pueden existir problemas de capitalización delgada y como consecuencia la no deducibilidad de los intereses.
En este orden de ideas, dichas autoridades, también cuentan con información de terceros que le facilita identificar situaciones que en principio pudieran resultar extrañas, para lo cual seguramente solicitará aclaraciones a los contribuyentes o bien ejercerá sus facultades de comprobación (auditorías) para comprobar si se están cubriendo los impuestos conforme a las disposiciones fiscales.
Recomendaciones generales
Algunas de las recomendaciones generales que me gustaría señalar, para evitar contingencias futuras y la determinación de créditos fiscales, por parte de las autoridades fiscales son las siguientes:
- Conservar la contabilidad y toda la información fiscal, considerando los plazos que para cada tipo de documentación establece el Código Fiscal de la Federación.
- Contar con los respaldos electrónicos de la información, relacionada con la emisión de comprobantes fiscales, deducciones autorizadas (CFDI), constancias de retenciones y pagos a terceros como pueden ser salarios, asimilables a salarios, honorarios, arrendamiento, pagos al extranjero, etc.
- Contar con los medios o bienes necesarios que le permitan demostrar que está en condiciones de llevar a cabo sus actividades con toda normalidad, incluyendo los contratos celebrados para la realización de sus actividades propias, sean de servicios, producción, comercialización o entrega de los bienes que amparan los comprobantes fiscales, para evitar que se presuma por las autoridades fiscales que se tratan de operaciones inexistentes y le genere problemas comerciales con sus clientes.
Lo anterior resulta de gran importancia y debe verificarla con todos sus proveedores, con la finalidad de evitar que se pretenda por parte de las autoridades fiscales, no reconocer el efecto fiscal de deducción y/o acreditamiento. Incluyendo entre otras cosas conservar los contratos, CFDI, registros contables y contar con el soporte documental que respalde los servicios que se están obteniendo o los bienes que se están adquiriendo.
- Revisar su esquema de negocio, así como las implicaciones fiscales y legales que les son aplicables, con motivo de las operaciones relevantes que deban reportar al SAT, así como aquellas que se consideren vulnerables en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
- Revisar el cumplimiento general de sus obligaciones estatutarias y los efectos fiscales que pudieran resultar por los movimientos de capital contable.
- Como complemento a lo anterior, es recomendable mantener constante comunicación con la Matriz, accionistas o inversionistas extranjeros, por lo posibles movimientos o reestructuras que representan cambios de accionistas y posible enajenación de acciones en materia fiscal.
- Atender el tema de la razón de negocios, respecto de las operaciones que está realizando el contribuyente, para lo cual se puede mencionar el requisito que establece la fracción I del artículo 27 de la LISR y que se refiere a que las deducciones deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.
- Cuidar los detalles que tienen que ver con el fondo sobre la forma.
- Tener especial cuidado en temas de comercio exterior y cumplir con las disposiciones fiscales que para tal efecto se encuentran en las leyes, reglamentos y reglas correspondientes.
Finalmente, considero importante reflexionar y no hacer como que no pasa o no pasará nada, debemos estar preparados para las diferentes situaciones y cambios que seguramente se nos presentarán para 2018, buscando las oportunidades de crecimiento, atendiendo de manera particular y sin dejar a un lado la fiscalización que se puede dar por parte de las autoridades fiscales y poniendo puntal atención al desarrollo de los temas comerciales CANADA- MÉXICO-USA, REFORMA FISCAL DE USA 2018, trabajando a la par, buscando posibles alternativas de comercio con otros países que están dispuestos a continuar invirtiendo en nuestro país, dichas alternativas se pueden presentar en diferentes ámbitos de actuación, como el comercial, industrial, profesional, de servicios, etc. que nos permitirían convivir sin complicaciones con los posibles cambios que se puedan presentar en temas fiscales, económicos o políticos.
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