Dentro de este artículo:
- ¿Qué es el reparto de utilidades?
- Empresas exentas del pago de utilidades
- ¿Quienes no participan en el pago de las utilidades?
- Casos especiales
- Plazo para el pago de utilidades
- Procedimiento para elaborar el proyecto de reparto de utilidades
- Procedimiento para elaborar el proyecto de reparto de utilidades
- Descuentos aplicables al pago de PTU
- Sanciones
¿Qué es el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades (PTU) es un derecho del trabajador para recibir parte de las utilidades generadas por la empresa donde labora, con base en la Declaración Anual que se presenta a la autoridad fiscal.
De acuerdo con el artículo 123, apartado A, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estipula que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa.
Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (CNPTUE), integrada por el representante de los sectores patronal y obrero y del gobierno, determinará el porcentaje de las utilidades por distribuir entre los trabajadores.
El porcentaje de PTU será de 10% aplicable sobre la renta gravable determinada según las disposiciones de la Ley de ISR.
Son sujetos obligados del reparto de utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes y servicios y, en general las personas físicas o personas morales que tengan trabajadores a su servicio.
Empresas exentas del pago de utilidades
De acuerdo con el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) están exentos del pago de utilidades: Las empresas de nueva creación en el primer año de funcionamiento.
Las empresas de nueva creación dedicadas a la creación de producto nuevo durante los primeros dos años de funcionamiento, ello con base en la novedad del producto y lo que disponga la autoridad para el fomento a nuevas industrias.
Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración
Instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular realicen actos con fines humanitarios de asistencia sin fines de lucro y sin designar individualmente a beneficiarios.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o beneficencia.
Empresas con capital menor del que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para las ramas de industria, previa consulta de la Secretaría de Economía y bajo circunstancias económicas que lo justifiquen.
¿Quienes no participan en el pago de las utilidades?
Directores, administradores y gerentes generales Socios o accionistas de la empresa
Quienes mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin que exista una relación laboral. Empleados domésticos.
Trabajadores eventuales que hayan laborado menos 60 días durante el año al que corresponda el reparto.
Las madres trabajadoras durante los periodos pre y postnatal, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el periodo de incapacidad temporal, serán considerados trabajadores del servicio activo, por lo consiguiente los días subsidiados deberán ser considerados días trabajados para los efectos del pago de la PTU.
Casos especiales
Trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos se deriven exclusivamente de su trabajo hasta el monto de un mes de salario.
Quienes se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o cobro de créditos y sus intereses hasta el monto de un mes de salario.
Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades.
En la industria de la construcción, después de determinar qué trabajadores tienen derecho a participar en el reparto, la comisión mixta de PTU adoptará las medidas que juzgue conveniente para su citación.
En el caso de los trabajadores de confianza se deberá entregar un reparto topado al 20% adicional del salario mas alto del trabajador sindicalizado o a falta de este al trabajador de planta de la misma característica.
Plazo para el pago de utilidades
De acuerdo con el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, que para las personas morales es el 31 de marzo y para las personas físicas es el 30 de abril.
- Las fechas límite para la PTU son 30 de mayo y 29 de agosto.
- Es importante considerar que debido a la prorroga emitida el 22 de Abril 2020 donde el SAT decidió extender el plazo para realizar la declaración anual de personas físicas hasta el 30 de junio de 2020, de igual forma se modifican los plazos para PTU.
- Los trabajadores tienen el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación del pago para poderla hacer exigible.
- Las utilidades no reclamadas en el año, se deberán acumular a la utilidad repartible del siguiente año.
Procedimiento para elaborar el proyecto de reparto de utilidades
- Se debe crear una comisión mixta (representantes de patrón y trabajadores) para formular un proyecto que determine la participación de cada trabajador en las utilidades generadas
- El patrón, pondrá a disposición de la comisión las nóminas, controles de asistencia y los demás elementos necesarios para los cálculos correspondientes.
- El patrón deberá entregar a la comisión copia de la declaración anual dentro de los 10 días siguientes a la presentación, quien tendrá 30 días para realizar objeciones.
- La comisión elaborará el proyecto de reparto de utilidades.
- Una vez aclaradas las objeciones o al no haber, la comisión levantará acta de asamblea aprobando del proyecto de reparto para entregar al patrón o ratificar que no hay utilidades a repartir.
- La comisión deberá fijar el proyecto de reparto en un lugar visible del establecimiento.
Procedimiento para elaborar el proyecto de reparto de utilidades
La comisión deberá entregar al patrón el proyecto de reparto, el cual deberá ser calculado y pagado por el patrón en los plazos previstos.
El patrón deberá pagar la PTU correspondiente a cada empleado en los plazos establecidos, así mismo entregará y conservará el comprobante que ampare el pago.
Determinación del monto a repartir


Descuentos aplicables al pago de PTU
- Adeudos con el patrón
- Pago de pensiones alimenticias en favor de acreedores alimentarios
- Retenciones de ISR de acuerdo con el calculo
Sanciones
De acuerdo con los artículos 992 y 994 fracción II LFT el patrón que no cumpla con las obligaciones que impone el Capítulo VIII del Título Tercero, relativo a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se le impondrá una multa de 250 a 5000 UMAS.
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