Normas de Información Financiera (NIF) B-17 Determinación del Valor Razonable

e habla del reconocimiento inicial y posterior o en la revelación de rubros específicos de los estados financieros tales como efectivo y sus equivalentes, instrumentos financieros, inventarios, propiedades, planta y equipo, activos intangibles, instrumentos financieros con características de pasivo y capital, entre otros

Introducción

En diversas NIF vemos el concepto de “valor razonable” cuando se habla del reconocimiento inicial y posterior o en la revelación de rubros específicos de los estados financieros tales como efectivo y sus equivalentes, instrumentos financieros, inventarios, propiedades, planta y equipo, activos intangibles, instrumentos financieros con características de pasivo y capital, entre otros; incluso las NIF que contienen normas aplicables a los estados financieros en su conjunto también manejan dicho concepto.

Pero en dichas normas se especifica cuándo debe reconocerse o revelarse, más no el CÓMO, que es el objetivo de este boletín.

Por lo tanto, el procedimiento descrito en este boletín debe aplicarse únicamente cuando las normas particulares requieran o permitan valuaciones a valor razonable y/o revelaciones sobre el mismo.

Normas de valuación

Primero que nada, analicemos en qué casos podemos hablar de una valuación a valor razonable.

Cuando hablamos de costos históricos, nos referimos al importe derivado de la información de una transacción o un evento que generó un activo o un pasivo; estos costos pueden ser:

  • Costo de adquisición: que se refiere al costo que se incurre al adquirir un activo, o
  • Recurso histórico: que se refiere al recurso que se obtiene al asumir un pasivo.

Por otro lado, cuando hablamos de Valor Actual, nos referimos al importe derivado de la información que se actualiza para reflejar las condiciones a la fecha de valuación, y en este caso estos pueden ser:

  • Valor razonable: que deriva de supuestos externos de participantes del mercado.
  • Valor específico para la entidad: que viene de supuestos internos generados por la entidad, los cuales a su vez se dividen en:
    • Valor de uso (para los activos)
    • Valor de cumplimiento (para los pasivos)

La NIF B-17 en su párrafo 30.1 inciso y) define el valor razonable como:

  1. es un precio de salida de intercambio, el cual se basa en el precio que se recibiría por vender un activo o se pagaría por transferir un pasivo;
  2. se deriva de una transacción ordenada entre participantes del mercado; es decir:
    • entre partes interesadas, independientes, dispuestas e informadas; y
    • en un mercado de libre competencia; o sea, no debe tener condiciones favorables para alguna de las partes; y
  3. considera datos de entradas observables y/o no observables con supuestos actuales a la fecha de valuación.

Derivado de estos elementos que componen la definición de valor razonable, la NIF-B-17 en su párrafo 41.1.5 nos indica los elementos que requiere una entidad para determinar el valor razonable, como:

  1. el activo o pasivo particular que es sujeto de valuación (consistente con su unidad de cuenta); que puede ser independiente o un grupo de activos y/opasivos.
  2. para un activo no monetario, la premisa de valuación que sea apropiada para la determinación (consistente con su mayor y mejor uso) considerando si el activo es utilizado en combinación con otros activos o sobre una base independiente; el mayor y mejor uso de un activo no monetario considera el uso del activo que sea físicamente posible, legalmente permisible y financieramente viable.
  3. el mercado principal o, en su defecto, el más ventajoso en el que una transacción ordenada podría efectuarse para el activo o el pasivo; si hay un mercado principal, la determinación del valor razonable debe representar el precio en ese mercado, la entidad debe tener acceso al mercado principal o, en ausencia de este, al mercado más ventajoso, sin embargo no es necesario ser capaz de venderlos en la fecha de valuación.
  4. la técnica o técnicas de valuación apropiadas para la determinación del valor razonable, tomando en cuenta la disponibilidad de información con la cual se van a desarrollar los datos de entrada que representan los supuestos que participantes del mercado usarían para fijar el precio del activo o pasivo y el nivel de la jerarquía del valor razonable dentro del cual los datos de entrada están contenidos. Las técnicas de valuación utilizadas deben maximizar el uso de datos de entrada relevantes observables y minimizar los datos de entrada no observables. Estos datos de entrada deben ser compatibles con los datos de entrada que un participante del mercado utilizaría para valuar el activo o el pasivo

En este último punto vale precisar a qué nos referimos con jerarquía del valor razonable. Esta consiste en dar prioridad a los datos de entrada por niveles, divididos en Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3.

Un dato de entrada de Nivel 1 estará disponible para muchos activos financieros y pasivos financieros, algunos de los cuales pueden ser intercambiados en múltiples mercados activos.

Ejemplo, mercados de intercambio como la Bolsa Mexicana de Valores,  mercados de intermediación financiera, que son mercados no organizados para los   que los precios de informan públicamente, mercados intermediados por agentes corredores, que incluyen redes de comunicación electrónica en las que se cruzan órdenes de compra y venta y los mercados de propiedad inmobiliaria residencial y comercial y mercados de principal a principal, en los que poca información se hace pública.

Los datos de entrada de Nivel 2 incluyen lo siguiente:

  • precios cotizados para activos o pasivos similares en mercados activos;
  • precios cotizados para activos o pasivos idénticos o similares en mercados con transacciones poco frecuentes y de volumen insuficiente;
  • datos de entrada distintos de los precios cotizados que son observables para el activo o pasivo, por ejemplo: i tasas de interés y curvas de rendimiento observables en intervalos cotizados comúnmente;
    • volatilidades implícitas; y
    • diferenciales de riesgos de crédito;
  • datos de entrada corroborados por el mercado. Ejemplos, la TIIE, acuerdos de licencia, precio por metro cuadrado para la construcción, unidad generadora de efectivo, maquinaria, etc.,

Los datos de entrada Nivel 3 también se llaman datos de entrada no observables, se deben utilizar en la medida en que los datos de entrada observables relevantes no estén disponibles.

Una entidad debe desarrollar datos de entrada no observables utilizando la mejor información disponible en esas circunstancias, que puede incluir datos de entrada propios de la entidad.

Ejemplo: SWAP financiero de moneda extranjera a largo plazo, SWAP de tasas de interés, pasivos por retiro de activos, asumidos en una adquisición o combinación de negocios.

Tres técnicas de valuación ampliamente utilizadas son:

  • El enfoque del mercado, es una técnica de valuación que utiliza los precios y otra información relevante generada por transacciones del mercado que involucran activos, pasivos o un grupo de activos y pasivos idénticos o comparables.
  • El enfoque del costo, desde la perspectiva de un vendedor participante del mercado. El costo de reemplazo es el precio que recibiría por el activo a valuar, basándose en el costo de adquisición o construcción de un activo sustituto de utilidad comparable para un comprador participante del mercado, ajustado por la obsolescencia.
  • El enfoque del ingreso, que incluye los siguientes ejemplos:
    • técnicas de valor presente;
    • modelos para fijar precios de opciones, que incorporan técnicas de valor presente que reflejan tanto el valor tiempo como el valor intrínseco de una opción; y
    • el método de utilidades excedentes multi-periodos, que se utiliza para determinar el valor razonable de algunos activos intangibles.

Normas de revelación

Una entidad debe revelar información que ayude a los usuarios de sus estados financieros a evaluar los dos elementos siguientes:

  • las técnicas de valuación y los datos de entrada utilizados para desarrollar las determinaciones a valor razonable para activos y pasivos sobre una base recurrente o no recurrente en el estado de situación financiera después del reconocimiento inicial:
    • el valor razonable al final del periodo sobre el que se informa;
    • las razones de la valuación para no recurrentes;
    • el nivel de la jerarquía del valor razonable dentro del cual se clasifican las determinaciones del valor razonable en su totalidad (Nivel 1, 2 o 3); y
    • si el mayor y mejor uso de un activo no monetario difiere de su utilización actual, una entidad debe revelar ese hecho y la razón por la que el activo no monetario se está utilizando de una forma que difiere de su mayor y mejor uso.
  • El efecto en la utilidad o pérdida neta u otro resultado integral del periodo de las determinaciones del valor razonable recurrentes utilizando datos de entrada no observables relevantes y significativos (Nivel 3).

Conclusiones

Esta NIF ha venido a aclarar el procedimiento con el cuál se puede reconocer el valor razonable de un activo o pasivo o grupo de activos y/o pasivos, el cual no se menciona en las normas particulares que nos permiten o requieren reconocer este valor.

En todo caso se debe atender en primer lugar a la norma particular donde se trata el valor razonable, y de modo supletorio y/o complementario, al procedimiento descrito en esta norma para determinar dicho valor.


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