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La NIF D-1 entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018. El principio fundamental de esta norma es que una entidad debe reconocer los ingresos en el momento en que se transfiera a los clientes el control sobre los bienes o servicios acordados con la finalidad de que el monto refleje la contraprestación a la que una entidad considera tener derecho a cambio de los mismos bienes y servicios.
Esta NIF establece los principios de presentación de información útil a los usuarios de los estados financieros sobre la naturaleza, monto, oportunidad e incertidumbre de los ingresos y flujos de efectivo que surgen de contratos de una entidad con sus clientes.
NIF D-1 Ingresos de clientes
Previo a la emisión de esta NIF D-1, Ingresos de clientes, existía un vacío en la normativa contable mexicana, el cual podía atenderse supletoriamente, a través de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 18, Ingresos de Actividades Ordinarias, y sus interpretaciones, según se establece en la NIF A-8, Supletoriedad.
Sin embargo, la NIC 18 no contemplaba los últimos cambios suscitados en el ámbito contable internacional y, por ende, se reformuló a la luz de las nuevas circunstancias, originando la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 15, Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes, la entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2017.
Dado que como ya se mencionó, previamente no existía un pronunciamiento normativo contable mexicano sobre el tema de reconocimiento de ingresos, los principales cambios comentados en la NIF D1 representan los cambios entre la NIC 18 y ésta NIF.
Uno de los impactos más importantes de esta NIF es dar mayor consistencia en el reconocimiento de los ingresos a través de la eliminación de las debilidades en la normativa supletoria anterior que resultaba en una diversidad de aplicación en la práctica lo que implica que la naturaleza y el grado de los cambios variaran entre entidades e industrias.
Algunas industrias pueden experimentar cambios significativos por esta NIF, mientras que el impacto para otras industrias puede ser mínimo. En muchos casos, los requerimientos de esta NIF pueden ser consistentes con los requerimientos y prácticas anteriores, limitando así los impactos de esta NIF para muchas entidades.
Cambios en el reconocimiento de los ingresos
Al evaluar la naturaleza de los cambios en el reconocimiento de los ingresos, se considera que los siguientes aspectos del nuevo modelo pueden resultar en los cambios más significativos e importantes para algunas entidades:
- La transferencia del control, base para la oportunidad del reconocimiento de los ingresos.
- La identificación de las obligaciones a cumplir en un contrato.
- La asignación del monto de la transacción entre las obligaciones a cumplir con base en los precios de venta independientes.
- La introducción del concepto de cuenta por cobrar condicionada. Es importante hacer distinción entre una cuenta por cobrar condicionada y una cuenta por cobrar, porque se proporciona a los usuarios información relevante sobre los riesgos asociados con los distintos derechos de la entidad en un contrato.
- El reconocimiento de derechos de cobro. En algunos casos, una entidad puede tener un derecho incondicional a la contraprestación antes que haya satisfecho una obligación a cumplir.
- La valuación del ingreso al valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir. Esta NIF establece requerimientos y orientación sobre cómo valuar la contraprestación variable y otros aspectos, como el reconocimiento de componentes importantes de financiamiento, la contraprestación distinta al efectivo y la contraprestación pagadera a un cliente (por ejemplo, un crédito que el cliente puede aplicarse contra los montos adeudados a una entidad).
Para seguir lo establecido en esta NIF, una entidad deberá reconocer los ingresos a través de la aplicación de los siguientes pasos:
- Paso 1: Identificar el contrato (o contratos) con el cliente
- Paso 2: Identificar las obligaciones a cumplir en el contrato
- Paso 3: Determinar el monto de la transacción
- Paso 4: Asignar el monto de la transacción entre las obligaciones a cumplir del contrato; y
- Paso 5: Reconocer el ingreso cuando (o a medida que) la entidad satisface una obligación a cumplir
Conclusión
La NIF D1 establece los principios de presentación de información útil a los usuarios de los estados financieros sobre la naturaleza, monto, oportunidad e incertidumbre de los ingresos y flujos de efectivo que surgen de contratos de una entidad con sus clientes.
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