Dentro de este artículo:
- Alcance de esta NIA
- Manifestaciones escritas como evidencia de auditoría
- Fecha de entrada en vigor
- Objetivos
- Requerimientos
- Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos
- Forma de las manifestaciones escritas
- Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas y manifestaciones solicitadas y no proporcionadas
- Conclusión
Haciendo un poco de historia, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) adoptó en forma integral las Normas Internacionales de Auditoría, a partir de los ejercicios contables que iniciarían el 1 de enero de 2012, quedando abrogadas las Normas de Auditoría. La NIA que voy a analizar, anteriormente era el boletín 3080 “Declaraciones de la Administración”.
La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 580, nos muestra la responsabilidad que tiene el auditor en una auditoría de estados financieros de obtener manifestaciones escritas de los responsables de emitirlos; estos son la dirección y cuando proceda los responsables del gobierno de la empresa.
Si el auditor determina que requiere de más evidencia, la solicitará a los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas.
Esta NIA nos orienta del contenido que debe haber en la carta que nos entregue la dirección con las manifestaciones por escrito, y si fuera necesario y el auditor determina que le falta obtener más manifestaciones escritas, para fundamentar otra evidencia de auditoría relevante para los estados financieros, la solicitará.
Alcance de esta NIA
Esta Norma trata de la responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoría de estados financieros, de obtener manifestaciones escritas de la dirección y, cuando proceda de los responsables del gobierno de la entidad; más adelante mencionaré otras NIA que contienen requerimientos específicos de manifestaciones escritas.
Manifestaciones escritas como evidencia de auditoría
La evidencia de auditoría es la información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que se basa su opinión. Las manifestaciones escritas constituyen información necesaria que el auditor requiere con respecto a la auditoría de estados financieros de la entidad.
Fecha de entrada en vigor
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.
Objetivos
- Obtención de manifestaciones escritas de la dirección y/o gobierno de la entidad.
- Fundamentar otra evidencia de auditoría relevante para los estados financieros.
- Responder de manera adecuada a las manifestaciones escritas proporcionadas por la dirección y, cuando proceda por los responsables del gobierno de la entidad.
Requerimientos
Miembros de la dirección a los que se solicitan manifestaciones escritas
El auditor solicitará manifestaciones escritas a los miembros de la dirección que tengan las responsabilidades adecuadas sobre los estados financieros y conocimientos de las cuestiones de que se trate.
Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección
Preparación de los estados financieros
El auditor solicitará a la dirección, que proporcione manifestaciones escritas de que ha cumplido su responsabilidad de la preparación de los estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
Información proporcionada e integridad de las transacciones
El auditor solicitará a la dirección, que proporcione manifestaciones escritas de que:
- Ha proporcionado al auditor toda la información y el acceso pertinentes.
- Todas las transacciones se han registrado y reflejado en los estados financieros.
Descripción de las responsabilidades de la dirección en las manifestaciones escritas
Los responsables de la dirección se describirán en las manifestaciones escritas.
Otras manifestaciones escritas
Otras NIA en vigor para para auditorías de estados financieros que requieren que el auditor solicite manifestaciones escritas. La lista incluye:
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 240, Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude, apartado 39.
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 250, Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros, apartado 16.
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 450, Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría, apartado 14.
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 501, Evidencia de auditoría, apartado 12.
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 540, Auditoría de estimaciones contables, incluidas las de valor razonable, y la información relacionada a revelar, apartado 22.
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 550, Partes vinculadas, apartado 26.
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 560, Hechos posteriores al cierre, apartado 9. NIA 570, Empresa en funcionamiento, apartado 16(e).
- Norma Internacional de Auditoría (NIA) 710, Información comparativa, cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos, apartado 9.
Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos
La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría de estados financieros.
Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditoría.
Forma de las manifestaciones escritas
Las manifestaciones escritas adoptarán la forma de una carta de manifestaciones dirigida al auditor, en el anexo 1 está un ejemplo que les puede ayudar a elaborarla.
Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas y manifestaciones solicitadas y no proporcionadas
Si el auditor tiene reservas sobre la competencia, la integridad, los valores éticos o la diligencia de la dirección, o sobre el compromiso con ellos o su cumplimiento, determinará el efecto que dichas reservas pueden tener sobre la fiabilidad.
Si la dirección no proporciona una o más manifestaciones de las solicitadas el auditor:
- Discutirá la cuestión con la dirección.
- Evaluará de nuevo la integridad de la dirección.
- Adoptará las medidas adecuadas, incluida la determinación del posible efecto sobre la opinión en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 705,
El auditor denegará la opinión sobre los estados financieros de conformidad con la NIA 705, cuando concluya que existen suficientes dudas sobre la integridad de la dirección y no facilite las manifestaciones escritas requeridas
Conclusión
El auditor evaluará en base a las manifestaciones escritas proporcionadas por la dirección y/o los responsables del gobierno de la entidad, si ha obtenido evidencia de auditoría suficiente o llega a la conclusión de que las manifestaciones escritas no son fiables o fueron solicitadas y no proporcionadas, el auditor denegará su opinión sobre los estados financieros de conformidad con la NIA 705.
LA INDUSTRIA, S.A. DE C.V. Anexo 1 31 de mayo de 2021 DESPACHO DE AUDITORES, S.C. Esta carta de manifestaciones se proporciona en relación con su auditoría de los estados financieros de la sociedad LA INDUSTRIA, S.A. DE C.V., correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2020, a efectos de expresar una opinión sobre si los citados estados financieros expresan la imagen fiel, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera. Confirmamos que tras haber realizado las indagaciones que hemos considerado necesarias a los efectos de informarnos adecuadamente. Estados financieros • Hemos cumplido nuestras responsabilidades, tal como lo establecen en los términos del encargo de auditoría del 14 de octubre de 2020, con respecto a la preparación de los estados financieros de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera ; en concreto los estados financieros expresan la imagen fiel. • Las hipótesis significativas que hemos empleado en la realización de estimaciones contables, incluidas las estimaciones medidas a valor razonable, son razonables. • Las relaciones y transacciones con partes vinculadas se han contabilizado y revelado de forma adecuada, de conformidad con los requerimientos de las Normas Internacionales de Información Financiera. • Todos los hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de los estados financieros y con respecto a los que las Normas Internacionales de Información Financiera exigen un ajuste, o que sean revelados, han sido ajustados o revelados. • Los efectos de las incorrecciones no corregidas son inmateriales, ni individualmente ni de forma agregada, para los estados financieros en su conjunto. Se adjunta a la carta de manifestaciones una lista de las incorreciones no corregidas. Cualquier otra cuestión que el auditor pueda considerar adecuada. Les hemos proporcionado: • Acceso a toda la información de la que tenemos conocimiento y que es relevante para la preparación de los estados financieros, tal como registros, documentación y otro material. • Información adicional que nos han solicitado para los fines de la auditoría. • Acceso ilimitado a las personas de la entidad de las cuales ustedes consideraron necesario obtener evidencia de auditoría. Todas las transacciones se han contabilizado en los registros contables y se reflejan en los estados financieros. Les hemos revelado los resultados de nuestra valoración del riesgo de que los estados financieros puedan contener una incorrección material debida a fraude. Les hemos revelado toda la información relativa al fraude o indicios de fraude de la que tenemos conocimiento y que afecta a la entidad e implica a: • La dirección. • Los empleados que desempeñan funciones significativas en el control interno • Otros, cuando el fraude pudiera tener un efecto material en los estados financieros. Les hemos revelado toda la información relativa a denuncias de fraude o a indicios de fraude que afectan a los estados financieros de la entidad, comunicada por los empleados, analistas, autoridades reguladoras u otros. Les hemos revelado todos los casos conocidos de incumplimiento o sospecha de incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias cuyos efectos deberían considerarse para preparar los estados financieros. Les hemos revelado la identidad de las partes vinculadas con la entidad y todas las relaciones y transacciones con partes vinculadas de las que tenemos conocimiento. Sr. Juan A. Ramos N. Administrador Único
Contenido relacionado