Normas Profesionales de Auditoría (NPASNF)

Normas Profesionales de Auditoría (NPASNF)

Introducción

A decir del propio documento, en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización en vigor, han sido condensadas las mejores prácticas, mismas que representan una de las piedras angulares del Sistema Nacional de Fiscalización.

En consecuencia de lo anterior, dichas normas constituyen un marco de referencia en el ámbito internacional que permite, a los auditores que se apegan al mismo, a llevar a cabo un trabajo profesional en forma ordenada, sistemática y eficaz, con lo cual se contribuye al logro de un alto grado de credibilidad y confiabilidad en los resultados, como uno de los objetivos de la implementación de estas normas profesionales.

Objetivo

El objetivo del presente artículo es destacar la necesidad de que tanto los entes fiscalizadores, como los órganos internos de control, adopten, implementen y apliquen, las normas contenidas en el documento referido, para así asegurar la calidad de los resultados de las revisiones, su credibilidad y confiablidad.

Desarrollo

En el preámbulo general del documento en cita, se menciona que los Órganos Internos de Control y las Entidades Fiscalizadoras Superiores son componentes del Sistema Nacional de Fiscalización, con diferencias en la naturaleza de su trabajo, campos de acción, alcance de sus atribuciones y objetivos.

Sin embargo, esto no limita a que los valores y principios derivados de las normas profesionales sean esencialmente los mismos, por partir de fundamentos que les son comunes, aunque existan diferencias en sus procedimientos de auditoría y fiscalización superior.

Continúa exponiéndose en el preámbulo referido, que en las normas que nos ocupan, se incluyen referencias para sistematizar la práctica de las auditorías, según sus necesidades, apegándose en todo momento al mandato legal de cada institución, el cual tendrá prevalencia sobre lo dispuesto en las NPASNF, en cuanto al tipo de acciones a desarrollar, los tiempos y modos de presentar sus resultados y al cumplimiento de sus respectivas misiones.

Este marco de referencia no implica instrucciones o procedimientos a ser observados de manera literal; su naturaleza es la enunciación de principios, el planteamiento de conceptos y el establecimiento de requisitos mínimos necesarios para garantizar la calidad de los servicios que los entes auditores rinden a la sociedad.

Reglas de aplicación de las NPASNF

De las menciones que se describen en el preámbulo referido, se derivan algunos conceptos que, a mi juicio, precisan y sintetizan las reglas de aplicación de las NPASNF, incluyendo su alcance.

A continuación las expongo:

  • Son determinantes en la consecución de los objetivos del Sistema Nacional de Fiscalización.
  • Son un marco de referencia de las mejores prácticas en el ámbito internacional.
  • Establecen fundamentos, valores y principios comunes y determinantes en la implementación de las NPASNF y su aplicación en la fiscalización y la auditoría gubernamental.
  • Implican modificaciones estructurales y organizativas, para ser utilizadas de manera correcta.
  • Existen restricciones o limitaciones que afectan la aplicación total de las NPASNF.
  • Las NPASNF no contienen instrucciones o procedimientos a ser observados de manera literal.
  • Los integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización acuerdan suscribir las NPASNF.
  • Uno de los objetivos de la implementación de las NPASNF, es reforzar la credibilidad y confiabilidad en los resultados de la auditoría gubernamental.

Restricciones y limitaciones para evaluar el grado viable de cumplimiento

Se considera que los integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización, debieran determinar sus propias restricciones y limitaciones para evaluar el grado viable de cumplimiento del acuerdo en la implementación y aplicación de las NPASNF, así como analizar cada una de ellas y establecer las acciones necesarias para resolverlas.

Las restricciones, debilidades, situaciones o amenazas, que en mi opinión son potenciales y afectan por igual la aplicación uniforme de las NPASNF por todos los entes fiscalizadores de cada estado y los órganos internos de control de las dependencias y entidades de los poderes del gobierno de los estados, y son:

  • Diversidad de los mandatos legales estados – municipios, ya que éstos tienen prevalencia en todo momento, sobre lo dispuesto en las NPASNF.
  • Insuficiencia de los recursos disponibles para costear las modificaciones estructurales y organizativas por causa de la implementación y aplicación de las normas en cita.
  • Ausencia de autoridades que verifiquen si los entes fiscalizadores y los órganos internos de control, han cumplido con la adopción y correcta ejecución, en lo aplicable, de las NPASNF, y de las disposiciones adicionales derivadas de su propio marco normativo (si existieran), destacando en este último, los procedimientos de auditoría, hallazgos, informes de auditoría y su pertinencia, seguimiento de las observaciones, señalamientos de responsabilidad administrativa, entre otros.
  • Inadecuada capacidad profesional del personal de todos los niveles que participan en todos los procesos de la fiscalización y auditoría pública.
  • Desproporción en el desarrollo institucional de los entes fiscalizadores y las dependencias que representan los órganos internos de control, en relación con las responsabilidades adicionales contraídas para implementar las NPASNF y aplicarlas consistentemente.
  • Suscripción simulada, más no de hecho, de las NPASNF por parte de integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización, lo que puede resultar en el abandono de la implementación de dichas normas.
  • Insuficiencia, ausencia o inoportuna supervisión en el desarrollo de las auditorías, en todos sus procesos y a todos los niveles del personal que participa en ellas.

Principios y fundamentos de las NPASNF

Como ejemplo de algunos de los principios y fundamentos de las NPASNF, comunes a los integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización, enseguida se muestran los contenidos en la Norma Profesional de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización No. 1 titulada “LÍNEAS BÁSICAS DE FISCALIZACIÓN EN MÉXICO”

  • Autonomía
  • Relaciones interinstitucionales
  • Facultades
  • Metodología para la fiscalización, personal auditor e intercambio de experiencias
  • Rendición de cuentas
  • Facultades y alcances de los organismos auditores

Entes públicos que auditaron

Como resultado de las consultas de información fundamental que se realizaron en la página de transparencia de diversas dependencias federales, estatales y municipales, específicamente en lo que corresponde a la información de auditorías, establecida en el inciso n), fracción V, artículo 8 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

A continuación se presentan los entes públicos que auditaron, con el fin de que se aprecie la diversidad o coincidencia de las normas de trabajo, bajo las cuales se realizaron las auditorías.

Secretaría de la Función Pública

  • Normas Generales de Auditoría Pública, la Guía General de Auditoría Pública, y las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización

Auditores externos

  • Normas Internacionales de Auditoría

Contraloría del Estado de Jalisco

  • Normas y procedimientos de auditoría pública

Auditoría Superior del Estado de Jalisco

  • Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, así como las Normas Internacionales de Auditoría.

Contraloría Ciudadana de Zapopan

  • Normas Internacionales de Auditoría

Conclusiones

Mi conclusión al respecto, es que el compromiso de adoptar estas normas como parte de las labores cotidianas de los auditores, necesariamente debe ser materializado integralmente con mayor prontitud, promocionando entre la sociedad el logro alcanzado, esperando que los ciudadanos respondan a esto con su ofrecimiento de credibilidad en las instituciones y la confiabilidad en los resultados.

De igual manera, concluyo en que si no se verifica por alguna autoridad que en realidad se hayan implementado y aplicado las NPASNF, surgirá la duda sobre la calidad de las revisiones, la correcta aplicación de las prácticas de auditoría en su ejecución y, en consecuencia, la veracidad de los resultados.


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