Tipología utilizada para lavar dinero en México de acuerdo al INCSR

Tipología utilizada para lavar dinero en México de acuerdo al INCSR

En marzo del 2019 se publicó el volumen II International Narcotics Control Strategy Report (INCSR), emitido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos que tiene como objetivo identificar a los países en los que se existen indicios de actividades significativas de lavado de dinero relacionadas con las drogas.

Los resultados en el citado documento, enuncian que una gran cantidad de dinero proveniente de la venta de drogas ilícitas en Estados Unidos es lavado a través del sistema financiero mexicano (SFM) utilizando entre otras, algunas de las formas siguientes: simulación de operaciones de compra venta de mercancías o prestación de servicios que nunca existieron entre diferentes empresas e individuos; inversiones en negocios y bienes inmuebles rurales y urbanos; utilizan personas jóvenes para enviar dinero al extranjero (U.S. Departament of State, 2019).

El presente artículo tiene por objeto exponer una de las principales tipologías que se utilizan en México de acuerdo a este informe y conocer las señales de alerta que se presentan.

Análisis de la tipología

Se entiende por tipología en el ámbito del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo como:

“…la descripción y clasificación de técnicas y métodos utilizados por las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a los fondos de procedencia lícita o ilícita, que se oculten, deposite, retiren, enajenen, adquieran conviertan o transfieran de un lugar a otro o entre distintas personas, con el fin de financiar sus actividades criminales”

(SHCP/SF)

Cabe precisar que el concepto anterior no contiene la totalidad de los verbos que representan las acciones a realizar en esta materia, para identificarlas en forma completa se tiene que recurrir al artículo 400 Bis del Código Penal Federal.

La tipología denominada “estructura corporativa simula operaciones para lavar dinero ilícito” descrita por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP; 2016:2) establece que se estará ante ésta cuando se analice un caso como el que se describe:

Una organización ofrece por medio de agentes independientes los servicios de lavado de dinero a organizaciones delictivas en el país (A), país (B) y otros. Para poder llevar a cabo dichas operaciones, la organización crea y tiene a su disposición al menos 42 empresas fachada en el país (A), muchas otras en el país (B) y en otros con diversos giros comerciales, dichas empresas tienen como accionistas a empleados jóvenes de bajo perfil, además de tener domicilios en común, los cuales resultan ser oficinas virtuales o casas habitación.

Las empresas fachada en el país (A) son utilizadas para realizar diversas operaciones y proveer de servicios financieros a sus clientes, tales como captación de recursos, cambios de divisas, envío de transferencias, entre otras, las cuales en muchos casos no pasan por el sector financiero.

Para las operaciones llevadas a cabo en el país (A), se identifican varias cuentas a nombre  de un grupo reducido del total de las empresas fachada constituidas en el país (A) en distintas instituciones financieras donde se concentran los recursos ilícitos, los cuales llegan por medio de transferencias nacionales, cheques y efectivo.

Posteriormente, los recursos son dispersados en su gran mayoría por medio de transferencias internacionales a más de 42 países teniendo como beneficiarios a más de 1,500 individuos   y compañías en el extranjero, siendo el país (B) donde se dispersaba la mayor cantidad de recursos. Otra parte de los recursos también son dispersados a diversos individuos y empresas en el país (A) por medio de transferencias nacionales y cheques.

En la narración precedente es posible identificar una serie de actos que se van realizando entre las diferentes empresas y personas involucradas, logrando establecer de esta forma un modo de operación peculiar que permite determinar cuáles son las gestiones y movimientos ejecutados a través de los cuales se logra realizar el lavado de dinero.

Diagrama de flujo de tipología de operaciones simuladas en lavado de dinero

Tipologias_2016

Tipologías 2016.

Unidad de Inteligencia Financiera; Secretaría de Hacienda y Crédito Público (2016:3)

Focos rojos en la tipología de operaciones simuladas

Como lo establece las SHCP (2016:4) a través de la narración del caso se construyen indicadores sobre la forma en que se realizan este tipo de actividades pudiéndose identificar parámetros comunes de actuación como los que se exponen en este apartado. Uno de ellos es cuando empresas de diversos giros que comparten domicilios comunes que generalmente son oficinas virtuales o casas habitación y tienen accionistas de bajo perfil, generalmente empleados que no necesitan ninguna cualificación técnica.

En la parte de la operación administrativa quienes las dirigen aparecen como contactos antes las instituciones financieras, pero carecen de vínculo corporativo con las mismas, es decir, no son accionistas, representantes legales o quienes firman en las cuentas bancarias.

Es de llamar la atención cuando una de estas empresas realiza un gran número de operaciones internacionales por grandes montos y que al revisar sus declaraciones fiscales no existan operaciones de comercio exterior además de incompatibilidad con las actividades que realizan las entidades que transfieren el dinero y las que lo reciben.

Existe suplantación de actividades en la proveeduría de servicios financieros que corresponden al SFM como captación de recursos, cambios de divisas y el envío de transferencia en donde se utiliza la estructura de la organización. Se observa también que se reciben y dispersan recursos entre una diversidad de personas y empresas sin que exista una relación aparente entre ellas.

Conclusiones

Por lo aquí expuesto se puede concluir que independiente a la determinación de un delito fiscal para las empresas facturadoras de operaciones simuladas (EFOS) podría, en muchos de los casos, llegarse a configurar el delito de lavado de dinero.

Sin embargo, mientras siga prevaleciendo la corrupción en el sistema judicial, impunidad y limitación en la impartición de justicia (en México se tiene un tiene un juez federal y dos fiscales en esta materia para todo el país) y dificultades legales para el decomiso de activos, no se podrá avanzar hacia una solución definitiva que permita condenar a las empresas e individuos involucrados en este delito.

Otras fuentes de consulta

Secretaría de Hacienda y Crédito Público –SHCP (S/F) Tipologías.

Definicion_tipologia

Consultado el 11-04-2019

U.S. Departament of State. (2019). International Narcotics Control Strategy Report Volume II. Disponible en. https://www.state.gov/j/inl/rls/nrcrpt/2019/ consultado el 11-04-2019.


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